Tipos de renting de maquinaria pesada
El renting de maquinaria de construcción se cataloga, generalmente en los siguientes tipos:
- Renting de maquinaria de excavación y minería a cielo abierto: dirigido a las empresas del sector del movimiento de tierras. Se puede adquirir por renting excavadoras, palas cargadoras, bulldozers, dumpers extraviales, maquinaria de voladura. En general, este sector necesita maquinaria de gran tamaño.
- Renting de maquinaria de construcción de obra pública: dirigido a empresas de ingeniería civil, dedicadas a la fabricación de carreteras, ferrocarriles, viales, obra civil, viviendas, edificaciones de todo tipo, canalizaciones, e infraestructuras en general. Este tipo de empresas pueden necesitar desde maquinas para el fresado del pavimento, asfaltadoras, apisonadoras y rodillos, camiones para transporte de aglomerado, hasta plantas de hormigón y de asfalto, miniexcavadoras, mini dumpers, motoniveladoras, retropalas y tractores adaptados para la obra pública.
- Renting de maquinaria de elevación: las empresas de construcción dedicadas a la elevación necesitan grúas torre, grúas todoterreno, plataformas elevadoras, cestas, manipuladores telescópicos y otros equipos especiales dedicados a la manipulación de cargas.
- Renting de plantas recicladoras de derribos y de tierras: no debemos olvidar que las excavaciones producen desechos de todo tipo. Por ello, las empresas dedicadas al reciclado de los materiales procedentes de derribos necesitarán plantas de machaqueo, plantas de reciclado de metales y bituminosos, manipuladores de chatarra, cizallas hidráulicas, e incluso hornos de fundición.
Renting de maquinaria de construcción para empresas y pymes
El renting de maquinaria de construcción permite a las empresas disponer de equipamiento sin que haya un impacto negativo en su liquidez ya que la cuota mensual es el gasto que se deduce fiscalmente.
Los plazos de arrendamiento van desde los 24 meses hasta los 72 meses.
Las empresas que soliciten el renting de maquinaria pueden solicitar incluir el servicio de mantenimiento y averías en la cuota. De manera opcional, podrían deducir también el coste de mantenimiento incluido en la factura mensual de renting.
La fiscalidad en la financiación de las empresas del sector de construcción cobra una gran ventaja con el renting de maquinaria de construcción ya que termina con la financiación a corto y medio plazo, permitiendo una contabilización fácil del servicio de alquiler.
Con el renting, se evitan los altos costes de los mantenimientos y averías (siempre que se haya contratado el mantenimiento incluido). Por esta razón, recomendamos contratar el mantenimiento siempre.
Con un contrato de renting ajustado a la duración de la obra que se va a realizar, nos evitaremos los costes de guardar la maquinaria en espera de su nueva puesta en marcha.
Ventajas fiscales y ahorro en mantenimiento de la maquinaria de construcción.
En el renting siempre puedes hacer un pago inicial o entrada más alto que se considera una cuota de alquiler de entrada, con lo que es deducible. Esto es interesante si vas a solicitarlo en el cuarto trimestre del año y prevés tener beneficios. Con ello consigues, no solo deducir más gasto, sino abaratar las cuotas futuras ya que el importe de la entrada será dividido por el numero de cuotas mensuales que harán que el precio mensual baje.
Si a lo anterior le añadimos la posibilidad de optar por equipos cuyo valor final es alto, conseguiremos cuotas más que interesantes.
El renting no se registra como operación crediticia en Banco de España (CIRBE) por lo que te permite mantener la capacidad de endeudamiento necesaria para, por ejemplo, la inversión en el inmueble de uso empresarial.
Todos los contratos de renting de equipos o de vehículos se contabilizan como gasto al ser un servicio.
Otra de las ventajas del renting de equipamiento ante las operaciones bancarias de crédito, es que el renting no necesita de intervención, y los créditos bancarios o leasing, suelen ser firmadas con intervención notarial.
Ten en cuenta que todas tus cuotas son desgravadas en la declaración de renta del autónomo y en el impuesto de sociedades, solo si el equipo objeto del renting es destinado a un uso profesional, como es el caso de la maquinaria pesada. Además, se puede deducir el IVA en su totalidad. Si la maquinaria no se destina a un uso de profesional de la explotación, solo es posible deducir hasta el 50% de las cuotas pagadas.